Según los Estatutos de la AMSM
(capítulo II, artículo 8º), "podrá ser miembro de la Asociación cualquier
profesional de la Salud Mental, sea cual sea su titulación o cualificación profesional, siempre que acredite una
vinculación profesional, laboral o administrativa a la Salud Mental". Existen
varios tipos de socios (capítulo II, artículo 9º):
-
Socios
HONORARIOS:
El nombramiento de Socios Honorarios, que será efectuado por la Asamblea General
a propuesta de la Junta de Gobierno, distingue a todos aquellos profesionales
que hayan contribuido de forma eminente al desarrollo de las Ciencias de la
Salud Mental.
- Socios
NUMERARIOS:
Podrán ser
Socios Numerarios, cualquier profesional de la
salud mental, sea cual sea su título o situación estamentaria, siempre que
acrediten una vinculación profesional, laboral o administrativa a la salud
mental.
-
CORRESPONSALES:
Serán Socios Corresponsales los domiciliados fuera del ámbito de competencia
de la Asociación.
Los asociados de la A.M.S.M. serán
automáticamente socios de la A.E.N., y todos los socios de la A.E.N.
domiciliados en Madrid serán socios de la A.M.S.M.